sábado, 17 de mayo de 2014

martes, 13 de mayo de 2014

Les compartimos este comunicado.

UN SALUDO DESDE EL TERRITORIO MAYA

A la Comunidad Nacional e Internacional 

COMUNICAMOS 

1.      Que la conflictividad generada en el territorio Maya Q’anjob’al en el departamento de Huehuetenango, Guatemala, es responsabilidad exclusivamente del Gobierno guatemalteco, en virtud de que no ha cumplido con su deber de consultar previamente las medidas legislativas y administrativas en territorio del Pueblo Maya. Responsabilidad asumida públicamente por funcionarios y empleados gubernamentales como el señor Miguel Ángel Barcarcel del Sistema Nacional de Diálogo.
2.      Que las declaraciones de la Vicepresidenta de Guatemala, en relación a que si las comunidades del Pueblo Maya quieren luz, necesariamente deben apoyar las hidroeléctricas, son irresponsables, de mala fe y tendenciosas, porque la política energética impuesta por el Gobierno guatemalteco está dirigida a favorecer a las empresas nacionales y extranjeras, citamos como ejemplo la Hidroeléctrica Chixoy.
3.      La versión de la Empresa y funcionarios públicos en relación a los acontecimientos en el territorio Maya Chuj, se reduce a cuantificar  daños económicos a la empresa hidroeléctrica; precisando que el deber constitucional de Gobierno de Guatemala es proteger y garantizar los derechos de los Pueblos Maya, Garífuna, Xinka y Mestizo.
4.      La imposición del destacamento militar en el territorio Maya Chuj, para proteger intereses empresariales, es una violación flagrante al compromiso asumido por el Gobierno de Guatemala –Convenio 169 de la OIT y Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos indígenas- a no desarrollar actividades militares en territorios de los Pueblos Indígenas, a menos que lo justifique una amenaza real contra los Pueblos.
5.      Ratificamos que la no aplicación  práctica del Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, es una de las causas de la conflictividad agudizada en nuestro país.
6.      Exigimos al Gobierno Nacional el retiro inmediato de las fuerzas armadas del territorio Maya Q’anjob’al, la cancelación de las licencias mineras, hidroeléctricas y petroleras impuestas inconsultamente; y el cese de la criminalización del ejercicio del derecho de legitima resistencia.
7.      Como Pueblo Maya nos convocamos a fortalecer la unidad frente a la agresión gubernamental y empresarial
8.      Exigimos a la comunidad nacional e internacional apoyar al Pueblo Maya en su lucha por una vida digna.

Atentamente,


Coordinación del CPO


Desde el territorio Maya Q’anjob’al, Mayo, 2014.


miércoles, 7 de mayo de 2014

Les compartimos esta noticia.

 Los pueblos maya Mam, Kiché, Kaqchikel, Q'anjob'al, Chuj, Akateko, Poptí y Mestizo articulados en el Consejo del Pueblo Maya -CPO-, presentaron el día de ayer una acción de inconstitucionalidad en contra de la ley de “Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para Transmisión de Datos”, que fue oficializada con la publicación del decreto 12-2014 el jueves 24 de abril en el diario oficial, y que entro en vigor al siguiente día. Dicha ley fue aprobada por el congreso de “urgencia nacional” el 8 de abril, votando a favor de la ley 103 diputados, 9 votos en contra, 2 diputados de licencia y 44 ausentes, cabe mencionar que ese día se encontraba en interpelación la Ministra de Educación, interpelación que fue suspendida a solicitud de diputados del partido oficial para que entrara en discusión la ley. Esta ley es otra de las tantas que a lo largo y ancho de la historia legalizan y formalizan la agresión en contra de nuestros pueblos, sacrificando el interés general de todos los guatemaltecos por el interés particular de unos pocos. La misma no solo asegura la violación a los derechos individuales y colectivos, sino que supedita la única institución autónoma que está más cercano a la población a una institución que está al servicio del monopolio privado llamado Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT), instancia que con esta ley la faculta a ser la única que autorice la instalación y fije el arbitrio que las comunas deben percibir por la colocación de torres de transmisión de telecomunicaciones y cableado de transmisión de datos en propiedad privada o pública, en territorios de pueblos indígenas, violando el derecho fundamental de la consulta. Anteriormente a esta ley las municipalidades eran quienes otorgaban los permisos para este tipo de instalación, pero ahora quedará en mano de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT); por lo que esta ley atenta contra la Autonomía Municipal, establecida en el Artículo 3 del Código Municipal, así como la propiedad privada, garantizada en el Artículo 39 de la Constitución Política. Esta norma deja a los alcaldes como empleados de las empresas privadas y las municipalidades como un ente al servicio de estas, con la posibilidad de sanciones a los ciudadanos o funcionarios que impidan la instalación de equipos de transmisión, además de que se restará el ingreso a las arcas municipales. Esta iniciativa es una provocación a la conflictividad social a nivel local, ya que induce a la confrontación entre Autoridades Municipales y vecinos que reclamen derechos justos y legítimos, promueve la criminalización a las autoridades municipales y vecinos en general que se opongan a ser usurpados sus territorios, y se violan así mismo los derechos de defensa. Esta ley es engañosa, porque solo en los tres primeros artículos se busca prevenir el tráfico de telecomunicaciones móviles en los centros de privación de libertad. Mientras que los demás artículos se refieren a la infraestructura para la transmisión de datos garantizando totalmente el control de la iniciativa privada, asegurando la perpetuidad de los privilegios a los monopolios. La “ley de telecomunicaciones móviles…” constituye un golpe duro al Estado de Derecho de Guatemala y sobre todo, a los derechos individuales y colectivos de los pueblos. La acción de inconstitucionalidad presentada por el Consejo del Pueblo Maya pretende la anulación de la ley, y por ende sea expulsada esta normativa de la legislación nacional.
para mayor información ingresa a esta página. http://cpo.org.gt/index.php/articulos/156-accion-de-inconstitucionalidad-en-contra-de-la-ley-de-telecomunicaciones

viernes, 2 de mayo de 2014

El día 26 de abril se realizó el festival de coros en la parroquia de San Miguel, donde participaron 32 grupos de diferentes comunidad, participando con sus cantos que hablan de la realidad que vivimos en San Miguel Ixtahuacán. Compartimos el canto uno de los coros de la comunidad de Subchal donde hablan de la realidad y desastre en la comunidad de Ixcail.

La pastoral Kolol Qnan Tx'otx' estuvo presenta también con su canto la valoración del Popol Wuj como fuente de nuestra espiritualidad donde podemos retomar fuerzas para estar en la defensa de la vida y de la creación de Dios.


jueves, 1 de mayo de 2014

Danza y Canto: El hilo es el Nahual de la vida.


Kolol Qnan Tx'otx':



La danza: El hilo es el Nahual de la vida, es una manera de cantar a Dios nuestra espiritualidad y sobre todo para que a través de nuestro canto hacemos conciencia de la importancia de defender la vida, la espiritualidad, la naturaleza o la Madre Tierra. 

Es la letra del canto que el grupo de coros de la parroquia de San Miguel inspiró para la vigilia pascual el día sábado de Gloria, 19 de abril 2014.
El hilo es el Nahual de la vida,
danzamos todo lo que en ella sentimos
el hilo habla por sus colores,
Dios nos conecta con los bosques y flores.

          Los dolores de un pasado quebrado,
          las injusticias nos provocan muerte.

El hilo es el Nahual de la vida........

          Nuestros nahuales inspiran nueva vida.
          ya reparamos el tejido

El hilo es el Nahual de la vida.......

          Telares nuevos son proyectos de vida,
          con hilos fuertes: herencia a compartir.

Cantamos este canto nuevo,
ya que está cerca la salida del Sol.
Los hilos en los dedos de Dios
tejen tejido todo multicolor.